martes, 2 de febrero de 2010

Gobierno colombiano decreta abolición de resguardos indígenas

El INCODER y el Agustín Codazzi decretan la abolición de los resguardos de origen colonial y le retiran a los municipios los pagos compensatorios del impuesto predial
Luis Javier Caicedo

...pero en lo que decía que el Papa era señor de todo el universo en lugar de Dios, y que había hecho merced de aquella tierra al rey de Castilla, diejeron que el Papa debiera estar borracho cuando lo hizo, pues daba lo que no era suyo, y que el rey que pedía y tomaba tal merced debía ser un loco, pues pedía lo que era de otros, y que fuese allá a tomarla, que ellos le pondrían la caneza en un palo, como tenían otras (...) de enemigos suyos".
(Respuesta de los caciques del río Sinú al Requerimiento que

les leyera el conquistador Fernández de Enciso en 1509)

Este país es de locos, definitivamente. El próximo 20 de mayo se cumplen 190 años del Decreto del Libertador Simón Bolívar del 20 de mayo de 1820 que reconoció la validez para la nueva República de Colombia de los títulos de los resguardos que les otorgó la Corona Española a los indígenas:

“1º Se devolverá a los naturales, como propietarios legítimos, todas las tierras que formaban los resguardos, según sus títulos, cualesquiera que sea el que aleguen para poseerlos los actuales tenedores” (1)

Para conmemorar la fecha, el Gobierno Nacional ha decretado que dichos Resguardos NO EXISTEN.

Mediante oficio N° 2400 del 24 de septiembre de 2009, firmado por el subgerente de promoción del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), Jairo Alonso Mesa Guerra, dirigido al subdirector de geografía y cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), Miguel Ángel Cárdenas Contreras, el INCODER ha expedido la siguiente certificación:

“En atención a la comunicación del asunto, mediante la cual solicita se certifique la presencia de resguardos de origen colonial en el territorio nacional, le informo lo siguiente:

“Revisados los archivos y bases de datos del Instituto no se encontraron resguardos de origen colonial.

“En los departamentos del Cauca, Nariño, Risaralda y Putumayo existen unos presuntos resguardos de origen colonial y republicano, a los cuales el Instituto, de conformidad con lo establecido en la Ley 160 de 1994 y sus Decretos Reglamentarios 2663 de 1994 y 2164 de 1995, tiene que adelantar el proceso de Clarificación de la Propiedad, para determinar la vigencia legal de los títulos que presentan las comunidades, para posteriormente, y una vez establecida su autenticidad, se proceda a realizar la reestructuración del Resguardo.
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1 comentario:

Anónimo dijo...

Cordial Saludo.
La posibilidad de que el INCODER haya emitido un certificado en tal sentido, no obliga a las instituciones a reconocerlo, esto es, que este documento no tiene fuerza de ley. Tampoco un documento similar tiene el mérito para suprimir "de un plumazo" los resguardos coloniales. De otra parte, las Leyes sólo pueden ser proferidas por el Congreso, y no por el Incoder, como erróneamente se anuncia el artículo publicado. En conclusión, ante una manifestación parecida se debe apelar al artículo 4 de la Constitución Política en el sentido en que esa manifestación es incompatible con la norma superior, razón por la cual debe preferirse la Constitución en este tipo de interpretaciones. (ver art. 63 de la Constitución Política).
Dedé Bernard

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