Por: Anibal Garzón
¿Y dónde está el pueblo para votar?
Proceso de aprobación de la Nueva Constitución
El viernes 5 de Febrero entró finalmente en vigor la Nueva Constitución de la República de Angola con sus 244 artículos[1], modificando así la anterior Constitución de 1991. El pasado jueves 21 de Enero la Asamblea Constituyente, con un total de 220 diputados, aprobó con 186 votos a favor, una abstención y ningún voto en contra, la Nueva Carta Magna. La UNITA (Unión Nacional para la Independencia Total de Angola), principal partido de la oposición del partido del gobierno, MPLA (Movimiento Patriótico de Liberación de Angola)[2], decidió no asistir a la votación como táctica de boicot al criticar la aprobación por el aumentó de poder que se cedía al actual presidente del país, José Eduardo Dos Santos. Presidente continuó desde hace 30 años.
La Constitución fue elaborada por una comisión de 60 diputados asesorada por un grupo técnico, que aprobó por consenso 228 artículos de los 244, sin necesidad de votación. Tras su aprobación parlamentaria el día 21 de Enero, el Tribunal Constitucional, consideró excesivos los poderes otorgados al presidente al intervenir en asuntos que deben someter solo a la Asamblea Nacional desequilibrando el sistema de poderes e hizo echar marcha atrás su aprobación para que se rectificaran los puntos 1 y 4 del artículo 134 y el artículo 109. Finalmente el texto constitucional volvió a ser aprobado, y consentido por el Tribunal, el 3 de Febrero, con la firma final del presidente de la Asamblea Constituyente, Fernando da Piedad Dias dos Santos, ahora vicepresidente con los cambios del gabinete ministerial[3], y los legisladores. Así la Nueva Constitución hizo entrada legal el 5 de Febrero en el Diario de la República de Angola, día que José Eduardo Dos Santos ratificó la Nueva Constitución con el discurso protocolario oficial. Con la finalización de la aprobación de la Nueva Constitución José Eduardo Dos Santos definió este evento como “el fin del período de transición y (se) instaura definitivamente un Estado Democrático y de Derecho (donde) las grandes conquistas siguientes fueron la democracia multipartidaria a inicio de los años 90 y la paz definitiva en 2002”.[4]
De la guerra armada (violencia física) a la guerra social (violencia estructural)
Johan Galtung, especialista en conflictología, afirma que el antónimo del concepto paz no equivale al concepto guerra, sino al término violencia. Para Galtung, en su tesis del triangulo de la violencia existen tres tipos de violencia; la violencia física, la violencia estructural y la violencia cultural. No existe paz social hasta que no se eliminan las 3 violencias. Como violencia física entendemos acciones de herir, matar, golpear, asesinar,… acciones directas en un conflicto armado social. Como violencia simbólica entendemos simbologías y discursos que aportan legitimidad del uso de la violencia; desde racismo, fundamentalismo religioso (tanto judío, como católico, como islámico,…), machismo, tergiversaciones mediáticas y del poder sobre la realidad, imágenes violentas en los medios de comunicación,…, y, como violencia estructural, es la represión indirecta que emite el sistema con su poder hacia la población, principalmente en lo político y lo económico, desde represión institucional a explotación social.
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