martes, 19 de abril de 2011

Argentina: Ibarlucea el amparo de la vergüenza: "La justicia tardía no es justicia" y Fumigaciones en Ibarlucea

Por: Juan Peri

La sonrisa del gobernador Binner, insiste en recortar las consecuencias del problema de la soja y sus vinculaciones con la justicia. En Santa Fe no hay razones para el optimismo y las restricciones en la balanza son para los pobres cuyo destino se cruza con la riqueza a costa de sus propias vidas pero sin elección alguna.

La soja cuenta con protección judicial, cuestión que se corrobora en cada caso y en los procedimientos. El rinde parece ser el destino que justifica que la familia Lavena deba demostrar al Juez Néstor Osvaldo Garcia que son propietarios de la cámara de gas. La pobreza estigmatiza a las personas y la soja legitima con control social.
Para la Dra Graciela Cristina Gomez las cosas están claras en relación al amparo presentado el 23 de diciembre de 2010 contra la comuna de Ibarlucea y la Provincia de Santa Fe. El Expte. Nro. 1294/10 caratulado "BRAVO, MARIA CELESTE C/ COMUNA DE IBARLUCEA Y OTRO S/ AMPARO" del Juzgado de Distrito de la Sexta Nominación de Rosario, Juez Dr. Néstor Osvaldo Garcia, jamás dio señales de resolverse.

Tras 90 días de haber presentado el amparo, el Juez ni siquiera otorgó la medida cautelar y es probable que las corporaciones hayan operado. Según distintas fuentes judiciales el listado de irregularidades son por demás evidentes, lo que hace presumir que el juego de intereses marca la causa. No sería el primer caso donde el lobby sojero irrumpe en la connivencia.
La Justicia se supone que es un poder independiente y que está al servicio de la comunidad y no de los gobiernos de turno. Sin justicia, la impunidad seguirá gozando de buena salud.
En Santa Fe el Retardo de justicia esta previsto en el artículo 446 CPP y la inobservancia de los plazos en el artículo 160. Pero para este juzgado que se mantiene inmutable ante un expediente que ya sobrepasa las 200 fojas, los disparates presentados por la Comuna y el gobierno de Binner parecen ser más importantes que el certificado médico de un nene de 9 años fumigado con un insecticida clase I en el patio de su casa.
Por si eso no es suficiente, fuentes judiciales nos informan que las recetas archivadas en la Comuna, hoy en manos de la Fiscalía de Delitos Ambientales (Ufima) no autorizan el uso del piretroide Karate, lo que es un delito manifiesto además de haberse violado los 500 metros que la ordenanza vigente en la fecha de lo hechos preveía (N°284/2001). Esa ordenanza fue dejada sin efecto el 1 de noviembre con la cuestionada ordenanza 602/2010 que autoriza en forma criminal la fumigación a 100 metros de las viviendas.
Las fumigaciones continuaron y las denuncias se fueron sumando en el juzgado, pero el juez Osvaldo Garcia no dictó la cautelar para proteger a los habitantes y si exigió la escritura de la propiedad de la familia Lavena, que el abogado de la Comuna trató de “okupas” como si el derecho a la salud estuviera supeditado a los habitantes de la nación a si es propietario o no, haciendo lugar al disparate del defensor de la comuna.
Desde ese momento Celeste Bravo empezó a desconfiar.”No creo en el juez, esto me huele muy mal y el presidente Jose Prino está en plena campaña presentando su candidatura nuevamente. No hay justicia para los pobres” manifestó resignada.
Fuentes judiciales informaron que el abogado de la comuna ni siquiera pagó la boleta de contesta demanda, algo que atrasó aún más el amparo, siendo que el juez podía haber fallado e intimado luego el pago de semejante bochorno.
Por su parte la provincia tal como lo hizo en el fallo San Jorge presentó la excepción de falta de legitimación pasiva para desentenderse del tema, algo que no se lo permitió el Juez Tristán Martinez, pero que el juez de la sexta nominación de Rosario acata en forma sistemática, demostrando la imparcialidad repudiable de un magistrado que está a punto de ser recusado.
Según Celeste Bravo y la Dra. Graciela Gomez que la acompaña desde septiembre en esta causa, estos hechos dan cuenta que la justicia santafesina que trata los delitos ambientales con el Código de Faltas como si fumigar a la gente fuera como no llevar casco en la moto, y que con estos nuevos antecedentes da vergüenza ajena.
“Un recurso por demora de justicia es lo menos que estamos evaluando, estoy indignada” dijo la profesional, habiéndose cumplido el jueves el plazo legal para la sentencia que no se dictó y el juzgado ahora extiende el plazo para que la comuna presente una nueva propuesta a destiempo con la sola finalidad de dilatar el proceso.
Pero por otra parte es una forma clara de lavarse las manos del juez que no quiere dictar sentencia y espera que las partes lleguen a un acuerdo, al que no llegaron en tres audiencias. El grado de connivencia es tan vergonzante que mancha a toda la justicia santafesina. El tema fumigaciones parece ser una papa caliente cada vez que entra a un juzgado mientras el gobernador que no cumple las leyes se fotografía ante el primer lote de soja, lo único que parece importante para su gestión. Mientras la salud, el dengue, las fumigaciones y la leptospirosis son temas que no están en su agenda.
La fuente judicial nos informa que la abogada ambientalista fue amenazada por el abogado de la comuna en la puerta del juzgado y la abogada patrocinante amedrentada por el Decano de la UCA Guillermo Peyrano, que defiende a la provincia, quien le dijo que “tendría que pagar las costas” dando por ganado el pleito.
La doctora Gomez no quiso hablar sobre ese tema y se limitó a contestar que escribió al premio nobel Adolfo Perez Esquivel miembro de Accademia Internazionale di Scienze Ambientali para ponerlo al tanto de todas las irregularidades del proceso.
También pudo saberse que en el caso de un recurso de apelación ante la Cámara Civil de Rosario, la causa podría ser tomada por Jorge Peyrano hermano del decano que amedrenta, e indica que en Santa Fe la justicia es en definitiva un circuito “aceitado”.
La doctora Gomez agregó que ya puso al tanto a la UFIMA de los hechos y entregó todas las pruebas para el caso que la Fiscalía decida una nueva visita a la localidad de Ibarlucea como ya lo hizo en otra oportunidad por intermedio de la policía federal.
Desde ese organismo hay varios pedidos de oficio pendientes y la abogada está en continua comunicación porque tiene acceso a ése expediente.
El amparo sigue sin resolverse, la cautelar no fue concedida y la cosecha ya terminó. Solo queda para cada santafesino la prueba de la impunidad y la desidia de todos los órganos que deberían velar por la salud, en éste caso de un niño de 9 años.
Solo nos queda agregar el voto de este juez que sí se puso los pantalones y dijo:
" Que, en esas condiciones, frente al fundado reclamo del interesado y la desaprensiva actuación del tribunal a quo demostrada en la injustificada dilación en dar, en forma oportuna, el adecuado cauce legal a las actuaciones a pesar de tratarse de un asunto de la mayor gravedad, se configura aquí un verdadero supuesto de retardo de justicia (confr. doctrina de Fallos: 322:663; 323:747; 324:1944, entre otros) (R. 1990. XLI. "R., M. A. s/ retardo de justicia en autos:R., M. A. c/ OSECAC y otros s/ responsabilidad médica").
Un dictamen que dista mucho de leerse aunque sea por milagro en la justicia santafesina, donde los jueces sojeros acompañan la nueva cosecha record.-
Fuente: Asociación Argentina de Periodistas Ambientales (AAPA)-Medio&medio
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Santa Fé, fumigaciones en Ibarlucea: Recusarían al juez de la causa

El jueves, era el último día de plazo que el juez Néstor Osvaldo García tenía para dictar sentencia sobre la causa que la vecina María Celeste Bravo inició contra la comuna santafesina de Ibarlucea por las fumigaciones que se realizan casi de modo constante y a apenas 100 metros de las áreas pobladas. Sin embargo, solo hubo silencio. Y pasados 90 días, tampoco se expidió sobre la medida cautelar que había sido solicitada. “Es evidente que está siguiendo órdenes desde la gobernación, le interesa cuidar más el puestito que fallar por la salud de un niño que ha probado su intoxicación con piretroide”, comentaron fuentes judiciales a BWN Patagonia. Y agregaron que según trascendió, ya se evalúa recusar al juez.



El abogado de la comuna adujo que la familia no tiene derecho a reclamar porque donde se fumigó "no es su propiedad" tratándolos de “ocupas”. El derecho a la salud, para este magistrado parece estar supeditado a ser o no ser propietario. Este medio también pudo saber que el juez pidió la escritura de la casa de la familia demandante. “Esto da un panorama del juzgado que tenés enfrente”, confiaron a BWN.

La “mejor” respuesta que hubo hasta ahora fue fumigar a 400 metros de la casa de la familia que demanda, cuando la ley provincial estipula 500. “De este modo están también aceptando que la ordenanza de 100 metros que ellos tienen viola la ley, pero eso parece no importarle al juez”. Todas las copias de denuncias de otros vecinos desde 2005 a la fecha también fueron puestas a disposición del juez, pero eso parece, tampoco alcanza.

La doctora Graciela Gómez, una de las letradas ambientalistas de la causa que defiende a los Bravo, fue amenazada en la puerta del juzgado por Eduardo Sosa, el abogado de Ibarlucea. Algo similar le pasó a la doctora Maida, compañera de posgrado de Gómez quien fue amendrantada por Guillermo Peyrano, decano de la Universidad Católica Argentina y defensor de la provincia de Santa Fe que trabaja en la fiscalía de Rosario. En caso de tener que ir apelar en la Cámara Civil de Rosario, el hermano del agresor, Jorge Peyrano, es el camarista que recibirá la causa. “Está bien aceitado el circuito”, abundaron las fuentes judiciales a BWN Patagonia.
“El juez y los abogados de la defensa una vez más dilatan el proceso con total arbitrariedad e incumplen con todo lo que sea posible para que todo quede en la nada”, contaron algunos de los damnificados de Iarlucea,
UFIMA (unidad fiscal de delitos ambientales de Capital Federal) abrió una causa de oficio por las denuncias en Ibarlucea y exigió a la comuna desde agosto a diciembre de 2010, las recetas de los preparados usados en la fumigación de cultivos. Ninguna de ellas autoriza a usar el insecticida Karate, que intoxicó al niño que originó el inicio de la demanda, además de haber fumigado a menos de 500 metros que era lo que fijaba correctamente la ordenanza 284/2001 de Ibarlucea. El intendente Prino, la dejó sin efecto y autorizó a fumigar a 100 metros. “Por lo tanto hay delito, eso está claro”, precisaron las fuentes.
Por tal motivo la UFIMA va a mandar una vez más a la policía federal a tomar más declaraciones a los vecinos y a ahondar detalles exigiendo varios oficios incluso al Senasa.
La provincia por su parte presentó una excepción de falta de legitimación, pretendiendo desentenderse del tema, tal cual como lo hizo en el fallo San Jorge. El Ministerio de la producción sigue afirmando que la ordenanza no viola la ley.
"La justicia tardía no es justicia, sobre todo cuando es retardada, como en este caso, por intereses ocultos que se cruzaron y corrompieron el castigo de los responsables, la Justicia es un poder en verdad independiente que está al servicio de la comunidad y no de los gobiernos de turno. Sin justicia, la impunidad seguirá gozando de buena salud.
En Santa Fe el Retardo de justicia esta previsto en el artículo 446 CPP y la Inobservancia de los plazos en el artículo 160”, explicó por su parte Gómez.
En Ibarlucea, siguen esperando.

FUENTE: Clarisa Ercolano
BWN Patagonia







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