No podemos ni debemos quedarnos callados
Como agrupación kirchnerista que brega por los derechos de todos los argentinos -pero defiende principalmente los de aquellos que no pueden defenderse- no podemos quedar silenciosos ante el terrible hecho que está ocurriendo en la provincia de Entre Ríos.
Una niña de 11 años fue abusada sexualmente y, como consecuencia de ese hecho, está embarazada de 11 semanas y media. Y, dato no menor, no quiere estarlo. Quiere que le devuelvan su cuerpo infantil. Es por ello que acudió a un hospital para llevarse a cabo un aborto, ni más ni menos que lo que indica la ley que debe hacer.
Ante estos casos, el artículo 86 del Código Penal es enfático en subrayar que el aborto es no punible y, en este en particular, lo es en forma no contradictoria por los dos incisos que lo componen. Por un lado, el embarazo proviene de una violación. Por el otro, pone en riesgo la salud de la madre, entendiendo a la salud de forma integral y desprendiéndonos de la concepción de salud únicamente física (si es que alguien puede realmente asegurar que el cuerpo de esa niña podrá soportar un embarazo cuando su busto, por ejemplo, aún no se ha desarrollado). Una niña de 11 años no está preparada psicológicamente para tener un hijo. No hay allí dónde alojarlo.
Para unificar criterios de acción en cuanto a lo anteriormente expuesto, en Junio de 2010 se elaboró un Protocolo de Acción denominado Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles (como parte del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable). A ese documento tenemos acceso todos los ciudadanos y aquellos que se desempeñan profesionalmente dentro del sistema de Salud Pública tienen obligación de conocerlo.
Claro es que los profesionales médicos pueden realizar una objeción de conciencia con respecto a esta práctica. Sin embargo, dice el protocolo, la objeción de conciencia es siempre individual y no puede ser institucional, por lo que toda institución a la que se recurra para la práctica de un aborto no punible deberá en cualquier caso garantizar su realización.
Esto último deja claro que no deberíamos siquiera habernos enterado de este hecho. Desde la institución sanitaria a la que la niña acudió junto con su madre deberían haber dado respuesta, evitando así la revictimización de la pequeña. Ante la negativa del hospital de actuar conforme a la ley, no tardó en manifestarse el ministro de Salud de la provincia, Hugo Cettour. El mismo, en concordancia con el director del hospital, afirmó que la salud de la niña no correría riesgo si continuara adelante con la gestación, calificándola como adolescente por el mero hecho de haber tenido su primera menstruación. ¿Es que acaso el Ministro de Salud nunca vio ni escuchó a una niña de 11 años? ¿Es que acaso el machismo y puritanismo son más importantes que la vida de un sujeto?
..CIERTA INFANCIA SIGUE SIENDO SOMETIDA, SILENCIADA, DESCONOCIDA COMO SUJETO DE DERECHO. Si la niña fuera hija o nieta del juez o del ministro, ¿también se violaría la Convención Internacional de los Derechos de los Niños?
No es necesaria para este caso puntual la modificación de la legislación respecto al aborto. Simplemente, reclamamos que se cumpla la vigente. Si esta niña no fuera parte de los sectores populares, nada de esto se sabría. Todas y todos sabemos que así es. Tenemos que pedir respuesta desde las organizaciones, pues esto ya es un tema de Estado. No podemos permitir que en el año 2012 y bajo un gobierno nacional y popular sucedan situaciones de total injusticia y aberración, como la que hoy acontece en Entre Ríos. Para no tener que pedir más perdón en nombre del Estado.
LA TENDENCIA NACIONAL Y POPULAR
Comuna 15 - La Paternal
Dirección: Fragata Sarmiento 2073 - La Paternal
e-mail: tendenciacomuna15@gmail.com
Facebook: La Tendencia Paternal
Twitter: @latendencia15
Youtube: latendencia15
No hay comentarios:
Publicar un comentario