miércoles, 13 de agosto de 2014

“No hay solución mientras sigamos contrayendo deuda para pagar” - Entrevista a ALEJANDRO OLMOS GAONA / HISTORIADOR E INVESTIGADOR DE LA DEUDA EXTERNA

Argentina debe cancelar -hasta 2089- $ 10.000 millones anuales de intereses por los bonos canjeados en 2005 y 2010, dice el historiador que asesoró en la cesación de pago de la deuda externa de Ecuador.

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Marcelo Izquierdo, corresponsal en Argentina
Argentina vive hoy una paradoja. Quiere pagar su deuda externa reestructurada, pero no la dejan. En teoría está en ‘default técnico’. Y aunque esta definición asuste a muchos, la situación está muy lejos de ser igual a la de 2001, cuando el país entró en la mayor cesación de pagos de la historia. Pero la alarma no se apaga y el Gobierno está en una difícil coyuntura política.
Un fallo del juez estadounidense Thomas Griesa obligó al país sudamericano a pagarle $ 1.330 millones a fondos de inversión (conocidos como ‘buitres’) que poseen bonos de deuda en default que no entraron en los canjes de los años 2005 y 2010. Pero si el Gobierno acata el fallo abrirá una caja de Pandora, ya que una cláusula de los acuerdos de reestructuración obliga al Estado argentino a igualar cualquier pago superior hecho a tenedores de bonos que se negaron a entrar en ambos canjes. La cláusula vencerá a fin de año. Si Argentina paga, los bonistas reestructurados tendrán derecho a reclamar unos $ 15.000 millones. Hasta ahora, todas las negociaciones abiertas con los ‘fondos buitre’ fracasaron y el futuro es una incógnita mayúscula.
“El escenario actual es muy complicado”, dice Alejandro Olmos Gaona, un experto argentino en esta materia y crítico del manejo oficial que el gobierno de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner ha hecho con la deuda externa. Su fallecido padre, Alejandro Olmos, considerado el mayor experto en deuda externa argentina, fue el autor de la más exhaustiva investigación sobre el origen ilícito del endeudamiento externo. Su estudio llegó a la justicia y un juez llegó a fallar sobre la ilegalidad de esa deuda.

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