México D.F., 26 de julio de 2012/ARTICLE 19.- La Procuraduría General de Justicia de Veracruz (PGJ) emitió en días pasados un comunicado en el cual da a conocer una denuncia por presunta desaparición de Miguel Morales Estrada, a quien sólo identifica como colaborador de un medio de comunicación en Pozo Rica.
Según la versión de la PGJ, la denuncia fue presentada a mediodía del lunes por la esposa del periodista, quien afirmó haber perdido contacto con él desde el pasado 19 de julio. El caso -se informa- quedó inscrito bajo el número de expediendte PZR/384/2012 y de acuerdo con la investigación, Morales advirtió a los directivos de su empresa que dejaría de enviar material fotográfico, pues tení que ausentarse de la ciudad para resolver algunos problemas personales la
La PGJ no menciona nunca para qué medio trabaja Morales Estrada, aunque los medios locales lo vinculan con el Diario de Poza Rica. Tampoco da el nombre de la esposa ni menciona dónde se presentó la denuncia, ya que en la localidad existen cinco agencias investigadoras del Ministerio Público y el dato fue suprimido en el número de averiguación previa.
ARTICLE 19 intentó verificar la información difundida por la PGJ de Veracruz, se comunicó a las cinco agencias investigadoras en Poza Rica y logró establecer que el lunes sólo estaba en turno la primera de ellas; sin embargo, el personal de ésta negó conocer del caso en una primera comunicación.
Es necesario recordar que sólo en la administración del gobernador Javier Duarte, nueve periodistas han sido asesinados, mientras que al menos otros 20 han tenido que abandonar temporal o definitivamente el estado ante el riesgo que corre su seguridad. De confirmarse lo publicado por la Procuraduría local, Miguel Morales Estrada sería el segundo periodista desaparecido en menos de un año en Veracruz sin que se tenga aun información del paradero de ninguno de ellos.
Bajo este supuesto, ARTICLE 19 recuerda que la desaparición de un comunicador o comunicadora constituye una de las violaciones a la libertad de expresión más graves y en consecuencia requiere de la máxima diligencia estatal para prevenirla, investigarla, sancionar a responsables y reparar el daño a las víctimas, como se establece en el noveno principio de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH.
Asimismo, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de la ONU, ha destacado en su informe sobre su misión en México que los y las periodistas representan un grupo en situación de particular vulnerabilidad en el tema de privaciones ilegales de la libertad. En consecuencia, ARTICLE 19 exige al gobierno de Veracruz y en particular a su Procuraduría General de Justicia coordinar los esfuerzos de las diferentes agencias de seguridad para localizar al periodista y contrastar el reporte de la persona no localizada con todas las bases de datos existentes en la materia a fin de localizarlo.
Hasta el momento, con la información disponible, ARTICLE 19 no está en posibilidad de confirmar una posible desaparición involuntaria del periodista. En ese sentido, y con pleno respeto al sigilo que requeriría una investigación responsable, consideramos importante que la información que difunda el órgano encargado de la investigación de los delitos sea clara, de manera que abone al derecho a saber de la sociedad sobre los avances en la labor de procuración de justicia.
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