miércoles, 3 de noviembre de 2010

Uruguay: Sabores y sinsabores del debate parlamentario sobre la ley de caducidad.

Entre la convicción y la responsabilidad.

En un clásico del siglo XX Max Webber señalaba el ineludible dilema del político en el momento de la toma de decisión que tiene que dirimir su postura entre la ética de la convicción y la ética de la responsabilidad.



La ética de la convicción, prioriza los valores y principios que mueven a cada individuo o a cada colectividad política y la ética de la responsabilidad privilegia los efectos de esa decisión, tanto en el corto como en el largo plazo. Aún a costa de los principios.

Weber aplica estas categorías a toda decisión política, ya sea del político profesional, (en este caso los parlamentarios ) como los políticos “ocasionales”. Todos los ciudadanos y ciudadanas somos en diversos momentos políticos ocasionales, ya sea en ejercicio de la democracia representativa (cuando votamos gobierno y parlamento) como cuando se ejerce la democracia directa en cualquiera de sus formas.


Tengo que confesar que nunca como en este momento viví de forma tan contundente la tensión que encierra esa máxima weberiana, y que tantas veces he analizado en el aula universitaria. De allí los sabores y sinsabores de la función parlamentaria: la ineludible responsabilidad de tomar una decisión que nunca encierra toda la complejidad de la realidad ni toda la abarcabilidad de la dimensión ética.

El dilema del político no es dirimir entre algo bueno y algo malo, (eso sería sencillo), sino entre dos valores. Allí está la prueba.

El debate de estos días sobre el presupuesto nacional primero y sobre la interpretación de la ley de caducidad después han mostrado esta complejidad. Sobre el presupuesto dedicaré otro espacio; hablemos ahora de los dilemas en torno a la postura de los parlamentarios y parlamentarias en relación a la ley de caducidad.


En el centro del debate sobre la interpretación de la ley se ponen en juego valores personales, valores expresados a través de compromisos constitutivos de cada fuerza política y valores universales.

Quiero recordar acá las palabras de la compañera socialista Daisy Tourné en Cámara cuando señaló que “…para los delitos habrá prescripciones, pero para la sed de justicia, no hay prescripción”. Señala también que es obvio que los contextos inciden y los procesos se dan en forma dinámica; si bien todos hemos cambiado con los años “…hay principios que mantenemos en alto: … que en este país se ejerza la Justicia es uno de los principios que mantenemos. Queremos devolver la potestad al Poder Judicial para que aplique la Justicia” Sin tener que pasar por la decisión o autorización del Poder Ejecutivo, agrego yo…

En relación a los valores personales – el plano de la convicción -, no tenemos dudas de que todos y cada uno de los parlamentarios compartimos aquellos elementales: la defensa de los derechos humanos; la justicia como principio y la igualdad entre las personas en el ejercicio democrático de esos derechos. (No voy a dudar acá de la vocación democrática de algunos, aunque hace muchos años hayan mirado para el costado …)

Sin embargo, las diferencias aparecen en el plano de la “responsabilidad”; es decir, en los medios o las herramientas acerca de cómo garantizamos efectivamente la vigencia y ejercicio de esos principios y valores

Se ha argumentado que el pronunciamiento ciudadano está por encima de cualquier gestión que nosotros, parlamentarios electos, podamos impulsar en el contexto actual.


Algunos se sienten mejores interpretes del pueblo que otros y prefieren renunciar a buscar alternativas para la vigencia plena de esos derechos. No dudo tampoco de su buena intención, pero me suena a un segundo renunciamiento…. De 1989 al 2010 tantas cosas han pasado…, entre otras, dos interpretaciones distintas de la propia Suprema Corte de Justicia sobre la inconstitucionalidad de la ley de caducidad.

El vicepresidente de la República Cr. Danilo Astori señala adecuadamente que esta iniciativa de interpretación de la ley de caducidad es técnicamente diferente a los dos pronunciamientos populares; uno para derogar la ley y otro para anularla. Daisy coincide en que si bien aceptamos esos pronunciamientos populares, como legisladores no tenemos restringido el derecho a proponer una nueva solución.

Se ha contra-argumentado, incluso desde algunos legisladores de izquierda, que frente a nuestra propia convicción hay que privilegiar – con base en la responsabilidad -, el respeto al pronunciamiento popular en las consultas anteriores. Y por eso votarían en contra…


Esta actitud, en mi opinión, interpreta desde la óptica individual el respeto al pronunciamiento popular como superior al “valor universal” de la justicia y la verdad.


¿ Qué es más responsable: buscar devolverle al Poder Judicial su independencia del Poder Ejecutivo reafirmando los valores democráticos o interpretar esta iniciativa como contradictoria con la expresión popular del plebiscito y del referendum?
¿Quién puede interpretar que la ciudadanía no quiere justicia?

La propia Suprema Corte de Justicia interpretó en forma diferente en dos momentos distintos la inconstitucionalidad de la ley. La primera opción de declararla constitucional, ¿invalida la decisión tomada por la SCdeJ cuatro días antes del plebiscito del 2010 cuando la declara inconstitucional? Si en coyunturas diferentes la propia Suprema Corte varía de interpretación, ¿no es legítimo hacerlo desde los representantes democráticamente electos buscando otros instrumentos?


Daisy señala “… para mí sí importan los pronunciamientos populares, y los acaté, pero también sé que no tengo restringido el derecho, como legisladora o como fuerza política, a proponer una nueva solución, porque así me comprometí, porque cuando acepté que no habíamos logrado el 50% más uno, en el mismo momento, el Frente Amplio y particularmente nosotros, los socialistas, nos comprometimos ante ese 47,98% a seguir adelante con nuestra lucha en la búsqueda de la justicia y de la verdad”.

Más aún; desde el punto de vista de la ciencia política el simple hecho de la “renuncia” a la pretensión punitiva del estado es la renuncia a la soberanía en tanto se reconoce un poder por encima del poder del estado. Esto fue justificado en su momento, apoyándose explícitamente en estas categorías de Weber, tanto por Enrique Tarigo como por Gonzalo Aguirre.

Cambian los contextos al punto de cambiar la interpretación del máximo órgano de justicia; estamos expresando un valor, la justicia, en detrimento de otro, la “estabilidad”. Los propios dichos de Rosales (jerarca militar en actividad) intervienen convocando esos viejos fantasmas…

Será que lo que sí ha cambiado para la Suprema Corte de Justicia no ha cambiado para los parlamentarios?

Será que un tecnicismo, que no consideramos liviano por supuesto, nos inhibe de ejercer responsablemente nuestro deber de superar lo particular para velar por un valor universal?


Será que el Poder Ejecutivo, 25 años después de la restauración democrática, debe seguir decidiendo en nombre de la justicia qué es de su competencia y qué no puede ser sometido a ella?

Será que nosotros, legisladores, podemos cuestionar nuestra legitimidad para brindar autonomía al poder judicial y no nos tiembla la mano para seguir confiando al poder ejecutivo – todos, el de turno y el que venga -, ese suprapoder?

Sin entrar en polémicas con nuestros propios compañeros, ¿será que los protagonismos individuales (o individualistas) encubran la histórica tradición del Frente Amplio, que ha dejado vidas y almas en esta lucha por la verdad y la justicia?

Diputada María Elena Laurnaga












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