martes, 12 de mayo de 2009

Uruguay: IELSUR

IELSUR
Montevideo 11 de mayo 2009

NI NEGACIONISTAS NI TRASNOCHADOS

Ante las declaraciones efectuadas por el asesor en seguridad Dr. Juan Faroppa, en cuanto a que “desde los organismos de derechos humanos se continúa con el paradigma negacionista de decir ‘acá no existe el problema, el problema es toda una construcción’”; y luego llamando a “actualizar los folletines, también la academia, también los organismos de Derechos Humanos”, el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) rechaza enfáticamente tales afirmaciones, por ser incorrectas, agraviantes e injustas.

Jamás hemos afirmado que el delito no existe como problema. El delito es una construcción social y como tal, no tiene existencia corpórea. Sólo desde ese punto de vista constructivista e interaccionista se puede afirmar que “el delito no existe”. Esta idea tiene una larga tradición en criminología y ha sido sustentada con particular énfasis por expertos como Nils Christie, invitado por legisladores de este gobierno para visitar el sistema carcelario y exponer sus opiniones acerca de la cuestión criminal. En dicha oportunidad, Christie expresó su asombro por la tasa de presos cada 100.000 habitantes del Uruguay (una de las más altas de América Latina) e hizo un llamado a la reforma urgente del proceso penal y la implementación de una ley de medidas alternativas que sirva para evitar los efectos perversos del encarcelamiento, sobre todo teniendo en cuenta las pésimas condiciones de reclusión, aspecto sobre el cual también se mostró alarmado.

El Dr. Faroppa llama “paradigma negacionista” a lo que en realidad es una forma de comprensión positiva de la cuestión criminal, que se caracteriza justamente por abandonar el concepto de delito natural, tan arraigado en el discurso oficial a partir de la irrupción de la criminología positivista, hacia fines del siglo XIX. Casualmente ese viejo paradigma es el que sustenta varias de las propuestas del Dr. Faroppa. El asesor comete un grave error y al mismo tiempo una injusticia al imputara “las organizaciones de derechos humanos” –entre las que nos contamossostenerun “paradigma negacionista”.

Entrevista del 6-5-09 en El Espectador.

En primer lugar, porque ese “paradigma” no existe. Lo que Usted denomina“paradigma” es solamente una construcción mental suya, que ningún criminológo serio ha formulado jamás. Ese es el grave error.

En segundo lugar, porque es injusto que se nos estigmatice como negacionistas, cuando hemos trabajado con el Estado -y también contra él,cuando así lo hemos entendido, como corresponde a una organización de derechos humanos independiente- en múltiples temas vinculados a laseguridad pública. Hemos trabajado en mejorar la situación carcelaria. Estuvimos directamente involucrados en el proceso de creación y puesta enfuncionamiento del Centro Nacional de Rehabilitación, probablemente la experiencia más exitosa de encarcelamiento de las últimas décadas. También nos hemos pronunciado en la discusión sobre armas y seguridad. Hemos participado en múltiples seminarios, mesas redondas y jornadas académicas. Hemos dado nuestra opinión en relación a proyectos de ley. Y jamás hemos sostenido el “negacionismo del problema del delito”. En especial recordará el Dr. Faroppa que nosotros fuimos –y seguimos siendo- férreos opositores a la ley de procedimientos policiales. Una ley confusa e inconveniente, que le hace mal a la democracia, pese a que fuelevemente mejorada en el Parlamento en relación al proyecto original. Una ley cuya autoría el Dr. Faroppa siempre se ha atribuido.

Sorprende que el Dr. Faroppa invoque en defensa de su posición la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando esta se da de narices con algunas de sus propuestas. Así, en el caso Bulaciola Corte censura severamente a la incomunicación del detenido, que la ley de procedimientos policiales se encarga de asegurar como regla general:“Este Tribunal ha destacado que la incomunicación del detenido debe ser excepcional, porque causa a éste sufrimientos morales y perturbaciones psíquicas, ya que lo coloca en una situación de particular vulnerabilidad y acrecienta el riesgo de agresión y arbitrariedad en las cárceles, y porque pone en peligro la puntual observancia del debido proceso legal” (CorteIDH, Caso Bulacio, párr.127).

El Informe sobre la ley de procedimientos policiales presentado por IELSURa la Comisión de Diputados en octubre de 2007 no solamente criticó lainiciativa, sino que formuló propuestas concretas para mejorar el texto inicial, algunas de las cuales fueron finalmente adoptadas por los legisladores.

Esa es la postura que caracteriza a nuestra institución: construir -desde elacuerdo o la disidencia- para que los derechos humanos sean una realidad.Por otro lado, el llamado a “actualizar los folletines” debería ser motivo de reflexión para el propio asesor. Con asombro leemos que le “preocupa mucho” que “la señal que está dando el partido de gobierno en materia penal sea analizar la aplicación de medidas alternativas a la privación delibertad a presos que son reincidentes”. Según el asesor, esto se debe a quela “delincuencia habitual” es una modalidad de delito “impermeable” a los “números de la economía”. Acá, según Faroppa, no se podrían aplicarpolíticas sociales: “hay algunas manifestaciones de delincuencia que síestán directamente relacionadas con los números de la economía y dondese pueden aplicar políticas sociales que tengan impacto”. Y finaliza: “la señal que tiene que dar el Estado a través del sistema penal es que aquellos delincuentes que no aceptan insertarse adecuadamente en el sistema,después de haber delinquido una vez, van a tener un régimen penal más severo.

Eso sólo tiene un calificativo: “mano dura con el reincidente”, es decir,“mano dura con el delito”. O más bien, “mano dura con la criminalidadcallejera”.

El discurso del asesor tiene tres fases que se corresponden con tres momentos del discurso criminológico más conservador. En primer lugar, inicia con el concepto de “delincuente habitual”, que hunde sus raíces en la idea de peligrosidad elaborada por la criminología positivista fundada por Lombroso hacia fines del siglo XIX. Seguidamente, invoca la relación de los“números de la economía con el delito”, visión que pertenece a la misma explicación causal, aunque vinculada con la estructura social o económica. Esta versión social del positivismo solamente refiere al “delito” como la criminalidad de la calle. Escapa a este discurso el delito de cuello blanco, el terrorismo de Estado y tantos otros comportamientos penalmente relevantes. Ese discurso fue elaborado ya por Enrico Ferri a principios delsiglo XX. Finalmente, la propuesta de tener un “régimen penal más severo”ha sido recogida por la criminología de derecha norteamericanacontemporánea, que logró imponer el “three strikes you´re out” en variosEstados. Según esta tesis, aquel que comete tres delitos debe quedar fuerade la sociedad. Es decir, encerrado de por vida. Descontamos que el Dr.Faroppa jamás propondría algo así

Ahora bien, la propuesta de un régimen penal más duro para aquel quedelinquió dos veces es técnicamente improcedente, pues no es una novedad: ya está prevista en el régimen de la reincidencia de nuestro Código Penal.

Pero además tiene la misma matriz ideológica que la doctrina del “threestrikes you´re out”: ser más severo con quien comete más de un delito. Contra esta posición se ha alzado nada menos que Raúl Zaffaroni, actual Ministro de la Corte Suprema de la República Argentina, un criminólogo yj urista reconocido internacionalmente. Según este autor, la reincidencia debería servir para atenuar la pena y jamás para agravarla, por cuanto si.

Entrevista del 24-4-09 en Caras y Caretas.

Alguien vuelve a cometer un delito, en parte, ese fracaso es de la sociedad y del Estado, por haber sido incapaces de reintegrar al individuo. Además, atenta contra un derecho penal que solamente se concentre en delitos actuales y no en la biografía criminal: si alguien ya fue condenado en elpasado por un hecho, no se lo podemos volver a “cargar en la cuenta” ahora.

¿Quién tiene que actualizar los folletines?

Finalmente imputarnos desconocer que la política sobre seguridad debe serparte de la política pública y que ello implica reconocer las obligaciones positivas del Estado en esta materia, es sencillamente ignorar un trabajo demás de 20 años de esta institución. En todas las instancias en que hemos participado junto al Estado (p.ej desde el Comisión Honoraria para el Mejoramiento del Sistema Carcelario creada por la ley de seguridad ciudadana en 1995 hasta nuestra actual participación como organización asesora de los reclusos), pasando por nuestras actividades académicas, hemos sostenido invariablemente la necesidad que el Estado cuente con una política criminal.

Para muestra basta un botón. Dr. Faroppa, lea el Informe presentado al Parlamento en el que criticamos su propuesta de ley de procedimientos policiales. Allí están las bases de lo que entendemos debe contener una reforma policial democrática, es decir, respetuosa de los derechos humanos. Allí están las obligaciones positivas del Estado que Usted injustamente nos imputa haber ignorado

Ningún discurso sobre seguridad pública puede construirse en soledad. Ymucho menos acusando injustamente, sin base alguna, a organizaciones de derechos humanos que –como la nuestra- han sostenido una dilatadaactuación en el tema
nuestra parte, seguiremos trabajando por una comprensión de la cuestión criminal verdaderamente liberal e igualitaria. Sólo así podremos tener una policía democrática, una justicia más justa y cárceles menos devastadoras. Sólo así tendremos una sociedad más segura.
INSTITUTO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES DEL URUGUAY
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