Publicado en el semanario uruguayo El Popular, el viernes 19 de febrero de 2010
Escribe Ignacio Martínez
La reforma de la Constitución
A modo informativo podemos decir que la Constitución de nuestro país se puede reformar de cuatro maneras a saber:
1) por iniciativa del 10% de los ciudadanos presentando un proyecto a elevarse al Presidente de la Asamblea General, debiendo ser sometido a la decisión popular, en la elección más inmediata, 2) proyectos de reforma que reúnan 2/5 del total de componentes de la Asamblea General, presentados al Presidente de la misma, los que serán sometidos al plebiscito en la primera elección que se realice
3) los Senadores, los Representantes y el Poder Ejecutivo pueden presentar proyectos de reforma que deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los componentes de la Asamblea General
4) presentando leyes que requerirán 2/3 del total de componentes de cada una de las Cámaras para su sanción, dentro de una misma Legislatura.
Nuestra Constitución ha sufrido gran cantidad de reformas a lo largo de su historia desde 1830, cuando uno de los debates principales era definir el nombre que se le daría a la República. Del presidencialismo al colegiado y viceversa, también se requirieron reformas.
El voto de la mujer fue objeto de otra reforma. En 1966, 1989, 1994, 1996 y 2004 hubo diferentes reformas.
La misma dictadura buscó su propia Constitución en 1980 y el No rotundo la descalificó e inició, digamos, su funeral.
Hoy estamos ante un nuevo dilema que va mucho más allá de reformas parciales o relacionadas a tal o cual tema.
La pregunta es ¿qué Constitución necesita el nuevo Uruguay que queremos construir?
Claro que primero debemos profundizar qué queremos decir cuando decimos “nuevo Uruguay”.
A modo de preguntas lanzamos algunos temas. ¿Debe existir el Senado? ¿Para qué sirve?
Esa institución tiene una larga historia, llegó a ser llamada “el senado del medio y medio” cuando Terra, en plena dictadura y en acuerdo con el herrerismo, constituyó un senado con 15 miembros para el herrerismo y 15 para los colorados territas, mientras los batllistas estaban presos y los blancos independientes resistían la dictadura.
¿Debe mantenerse el veto presidencial?
¿Debe mantenerse el balotaje y el defasaje de las elecciones municipales?
¿Deben permanecer sin el derecho al voto los ciudadanos residentes en el exterior?
¿No habrá que rever toda la manera de elegir a los integrantes de los organismos de contralor?
Pero estas son apenas preguntas para iniciarnos en el debate.
La reflexión central debe estar en la primera pregunta sobre el nuevo Uruguay y su carta magna. Ahí el centro deberá estar en los mecanismos de participación popular, de iniciativa popular en las políticas públicas, de los controles periódicos de esas políticas y de los mecanismos de rectificación de rumbos y de personas si así lo entendiera el soberano.
En definitiva el hueso principal de este tema está en definir cómo avanzamos para que el vecino, la vecina, el trabajador, el estudiante, la gente de uno y otro sector de nuestra población vayan adquiriendo cada vez más poder para decidir, hacer, controlar y rectificar.
Aunque el tema no está en nuestro pueblo, este debería ser un tema de este período, junto con el de descentralización, salvo que triunfen los que seguramente lo quieren soslayar.
Desde estas humildes palabras, propongo estudiar la creación de una Comisión Nacional por (pro) la Convención Nacional Costituyente, o como se la quiera llamar, con todas las organizaciones sociales que la deseen integrar, para iniciar un trabajo de estudio y difusión de estos temas con amplia integración social, desde abajo, como fue la forja del II Congreso del Pueblo y la Marcha de la Esperanza, para citar dos ejemplos recientes.
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