Luiz Antônio de Medeiros, Secretario de Relaciones del Trabajo del Ministerio del Trabajo
Cuando eras una criatura, tu abuela te debe haber hablado del cuco. Y te puede haber dado miedo o no. Pero ahora que te has hecho grande, y te estás jubilando o casi, voy a hablarte de otro cuco: el factor jubilatorio. El término, además, ya es una palabrota en sí, ¿no? Pero si aquel de la infancia era fantasía, este es la pura realidad y le está comiendo el sueldo a los jubilados, hombres y mujeres. Y nos conviene asustarnos de verdad.
Porque este monstruo fue creado, en la reforma de la Previsión Social, en 1999, por la ley de nro. 9876 – vean – con el objetivo principal de reducir los gastos de la Previsión Social. Lo que ocurre es que dicha ley constituye uno de los mayores atentados contra los derechos de los trabajadores y jubilados de todo el País.
¿Saben por qué? Para el que se jubila por edad, esta ley reduce las jubilaciones en un 25%, pudiendo llegar hasta un 40% de reducción, perjudicando principalmente las capas más pobres de la población, que generalmente empiezan a trabajar más temprano.
Voy a dar un ejemplo: con el factor jubilatorio, un trabajador de 60 años de edad y 25 años de aportes, si se quiere jubilar por edad, no percibirá el valor completo de su jubilación. Si lo quiere percibir, tendrá que esperar a que pase el tiempo años de aporte y jubilarse, entonces, a los 70 años. Ahora bien, la esperanza de vida según en IBGE – Instituto Brasileño de Geografía y Estadísticas, es de 71 años. Es decir, el trabajador contribuye toda la vida y sólo se jubila con todos los beneficios cuando ya se está por morir, lo cual es un completo absurdo, pues es fundamental que el trabajador jubilado tenga tiempo para disfrutar del ocio y divertirse.
También pierde el que se vaya a jubilar por tiempo de aporte. Y aquí la pérdida puede ser del 26% de sus beneficios (en el caso de la mujer, la reducción será mayor, del 38%). De allí que es muy importante acabar con esa inmoralidad llamada factor jubilatorio. Para ello, el Senado aprobó ya el Proyecto de Ley 3299/08, el PL 4434/08 (que recompone el valor de las jubilaciones) y el PL 01/07 (que reglamenta el reajuste de las jubilaciones y pensiones).
Estos proyectos todavía tienen que ser aprobados por la Cámara. Mi secretaría de Relaciones del Trabajo – y el propio Ministerio de Trabajo también – nos esforzaremos, con todo nuestro empeño, para acabar con este monstruo.
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