LAS PRUEBAS SOBRE los perjuicios alegados por COSTA RICA
Buenas tardes, señor Presidente, miembros del Tribunal. Como siempre, es un honor para mí comparecer ante ustedes. Y es un privilegio de representar de nuevo la República de Nicaragua.
1. Mi tarea hoy es revisar la evidencia de que las Partes han presentado a usted en la cuestión de los daños.
2. En el presente procedimiento preliminar, Costa Rica hace hincapié en dos tipos de daños: (1) disminución del flujo del Río Colorado, al parecer causada por el dragado de Nicaragua de la parte baja del río San Juan, y (2) tala de árboles e inundaciones en pantanos cerca de la desembocadura del río San Juan, al parecer causada por el desmonte de Nicaragua de un canal que conecta el río propio con la Laguna Harbour Head.
3. Cuando la Corte examina la evidencia actual, la hipérbole o la caracterización distorsionada que hemos escuchado esta mañana es notorio que Costa Rica no ha podido presentar en su caso, el daño, ciertamente, no ha logrado demostrar nada parecido a un daño irreversible e irreparable.
4. En lo que respecta a los daños supuestamente causados al río Colorado, la evidencia muestra que Nicaragua llevó a cabo un extenso proceso de revisión ambiental en un período de tres años, incluido un amplio Estudio Transfronterizo de Impacto Ambiental, que concluyó que el impacto sobre el río Colorado y su flujo sería insignificante.
El propio estudio técnico de Costa Rica, que la Corte recibió el viernes pasado, lo confirma. En septiembre de 2010, basándose en este estudio, el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica confirmó a la legislatura de Costa Rica que el dragado de Nicaragua del San Juan no tendría ningún impacto adverso en el río Colorado. Eso fue sólo dos meses antes de que esta demanda fuese presentada.
5. Ahora nos están contando una historia diferente. En su solicitud por escrito para la solicitud de medidas provisionales, alegan que "la intención de Nicaragua es desviar unos 1.700 metros cúbicos por segundo ... del agua que acarrea actualmente el Río Colorado." Eso es todo el volumen del río Colorado en su apogeo. El EIS ( Estudio de Impacto Ambiental) exhaustivo de Nicaragua llegó a la conclusión de que el proyecto de dragado se traduciría en una disminución de menos del 5% en el flujo del Colorado. El propio estudio técnico de Costa Rica, citado por el Ministro de Relaciones Exteriores, pone dicha disminución en menos de 4,5%. En su discurso ante el parlamento de Costa Rica, el Ministro de Relaciones Exteriores dijo que incluso una desviación de hasta un 12% no tendrá impactos negativos en el Río Colorado o Costa Rica.
6. En lo que respecta a la limpieza manual del canal entre el propio río San Juan y la laguna de Harbor Head, Costa Rica mostró hoy otro ejemplo de la hipérbole enmascarada como evidencia o pruebas.
Lo que la realidad muestra es que no había dragado en el caño. Durante 30 días, los trabajadores de Nicaragua con equipo manual sólo - picos, palas, cubos y sierras de mano - limpiaron el canal de la vegetación, los sedimentos acumulados y otros desechos para que sea de nuevo navegable por pequeñas embarcaciones. El proyecto se completó el mes pasado. Actualmente no hay ninguna actividad de ese tipo en curso.
7. Esta parte del proyecto también fue objeto de varios estudios ambientales por parte de Nicaragua antes de ser autorizados, incluidos los posibles impactos transfronterizos.
La limpieza de vegetación se autorizó únicamente en el lado nicaragüense del cano, y en cumplimiento de las autorizaciones ambientales, los árboles caídos han sido sustituidos, a razón de diez árboles plantados por cada uno eliminado, por lo que no hay impacto ambiental permanente.
8. En un esfuerzo por hacer y presentar su caso, Costa Rica cambia completamente el carácter del cano y el proyecto de limpieza. Esto no es, como Costa Rica afirma "la construcción de un canal artificial." Esto es la simple limpieza de la vegetación y los sedimentos en un cano previamente existente que se había vuelto tan llena de escombros y sedimentos, que la navegación ya no era posible. Además, y este es el mayor defecto en el argumento de Costa Rica, el caso de Costa Rica por los daños de la limpieza del canal supone o presume la desviación a través del cano, de la totalidad o la mayor parte de la parte baja del Río San Juan. Basada en esta presuncion, Costa Rica argumenta ademas la inundación del cano, y el cambio en los niveles y calidad del agua en la laguna de Harbour Head.
9. Los hechos, sin embargo, muestran que esto es totalmente falso. El caudal del San Juan en la medida que se acerca al cano se ha medido en más de 100 m3/s. El flujo en el cano - después de que la limpieza se completó en diciembre - se midió en menos de 3 m3/s. En otras palabras, menos del 3% de las aguas del San Juan ahora pasan a través del cano despejado, y no el 100% postulado por Costa Rica. Y esto es al final de la temporada de lluvias, cuando el agua está en su flujo máximo.
10. Costa Rica se apoya fuertemente en un informe publicado la semana pasada por una Misión Ramsar de Asesoramiento, justo a tiempo para estas audiencias. La dependencia o el apoyo de Costa Rica en este informe está fuera de lugar. El informe no aborda las consecuencias del dragado del río San Juan, sólo los de la limpieza del cano. En este sentido, el propio informe señala que se basa enteramente en la información proporcionada por Costa Rica. No hubo intento de investigación independiente. La Misión Ramsar de Asesoramiento no visitó el sitio de la actividad, o incluso la región. No hizo sus propias mediciones de flujo de agua, volumen o calidad. No recogió o analizó sus propias muestras de sedimentos. Se pasó tres días a finales de noviembre - después de que la demanda fue presentada - en San José, siendo informado por los funcionarios oficialesz expertos del gobierno de Costa Rica expertos. Y por su propia aceptación, esa fue la única fuente de la información en que sus conclusiones se basaron. No buscaron, o tomaron en cuenta, ninguna información de Nicaragua.
11. No tenía por qué ser así. Nicaragua invitó a la Secretaría de Ramsar para enviar la Misión de asesoramiento a Nicaragua para reunirse con funcionarios y expertos de allí, y para visitar los sitios de la limpieza y dragado del canal para hacer sus propias observaciones y recopilar sus propios datos. Se ofreció su plena cooperación a este respecto. Inexplicablemente, la invitación de Nicaragua se negó. Volveré a este informe más adelante en mi discurso, pero ya es evidente que este no es el tipo de misión de investigación independiente e imparcial que el Tribunal ha encontrado útil en casos anteriores. Este es el mismo argumento del propio gobierno de Costa Rica que está impreso en papel con membrete de Ramsar.
12. Con el permiso del Tribunal de Justicia, voy a revisar los hechos más relevantes en mayor detalle, comenzando con el objeto y ámbito de aplicación del dragado del Río San Juan y el proyecto de limpieza de canos , y el amplio proceso de revisión ambiental que llevaron a concluir con su aprobación. Después voy a volver a las alegaciones de Costa Rica con respecto a los daños, y demostrar con más detalle, por qué no se apoyan en la evidencia
A. Objeto y ámbito de aplicación del Proyecto
13. El objeto de este proyecto es simple y directo: Restaurar la navegabilidad del tramo bajo del río San Juan. En esta parte del río, los sedimentos transportados aguas abajo se han asentado en el cano, reduciendo la profundidad del agua, originando la creación de islas y bancos de arena, y restringiendo la navegación en general, a barcos muy pequeños. En la estación seca, el agua es tan baja que incluso las pequeñas embarcaciones no pueden utilizar el río. Cuando el proyecto fue elaborado y presentado para su aprobación hace cinco años, se le dio un nombre: El proyecto de Mejoramiento de la Navegación en el Río San Juan., Eso es exactamente lo que es.
14. [PSR1] (SE PRESENTA UNA DIPOSITIVA EN QUE APARECEN EL CAUDAL DE AGUA DEL SAN JUAN pequeño Vs EL CAUDAL DEL COLORADO) El área se representa en la pantalla. El río fluye desde su nacimiento en el Lago de Nicaragua hasta su desembocadura en el Mar Caribe, por lo general en una dirección de oeste a este. Como puede ver, las aguas se dividen. Aproximadamente el 90% del flujo se vuelve hacia el sureste, y forma el Río Colorado en Costa Rica. El 10% restante constituye la continuación del río San Juan. Es a partir de este punto del río y en los próximos 42 km hasta su desembocadura que los sedimentos se han acumulado hasta el punto de impedir la navegación.
15. Hay dos razones por las que es una prioridad para Nicaragua hacer esta parte del río navegable. En primer lugar, para facilitar el comercio entre la ciudad de San Juan de Nicaragua en la costa Caribe y el resto de Nicaragua; debido a la acumulación de sedimentos en el río, la ciudad y sus habitantes están físicamente aislados del resto del país. En segundo lugar, para facilitar el turismo a la zona. Hay un potencial turístico enorme aquí. Toda la parte baja del río es parte del Refugio de Vida Silvestre del Rio San Juan, y gran parte de la margen izquierda se encuentra en la Reserva de Biosfera Indio-Maíz. Nicaragua cuenta en estas areas, con ambientes prístinos naturales de los que son diligentemente protegidos. El Tribunal recordará desde el Caso relativo a los derechos de navegación en el río San Juan que las autoridades nicaragüenses cumplen estrictamente las leyes y reglamentos ambientales relativos a estas áreas protegidas con "el propósito legítimo de proteger el medio ambiente."
16. Asimismo, la Corte recuerda que en este caso, que Costa Rica cuenta con una floreciente industria de ecoturismo basado en excursiones marítimas por el río San Juan, y luego por el río Colorado. Nicaragua considera que tiene tanto o más que ofrecer a los eco-turistas en términos de belleza natural, porque, como el embajador Argüello mostró, es notorio que Nicaragua ha tenido más éxito que Costa Rica en la protección de su lado del río de cara a los asentamientos humanos y el desarrollo. Esto sólo es posible, sin embargo, si los barcos turísticos son capaces de navegar en la parte inferior del río San Juan.
17. Dado que el ecoturismo es uno de los principales objetivos del proyecto de dragado, se deduce que el proyecto debe llevarse a cabo de una manera que proteja y preserve el medio ambiente natural que es la fuente de atracción turística. Nicaragua es bien consciente de ello. Es por eso que sólo se autoriza el proyecto después de un intenso estudio y análisis de sus impactos ambientales potenciales durante un período de tres años, y sometido a condiciones estrictas - incluyendo el monitoreo continuo de los efectos ambientales - para asegurar que no habría importantes o irreversibles impactos.
B. El proceso de revisión ambiental
18. El proyecto de dragado fue desarrollado por la Empresa Portuaria Nacional de Nicaragua (EPN), el organismo gubernamental responsable para el transporte fluvial, en 2004. En enero de 2006, después de más de un año de preparación, EPN presentó una solicitud al Ministerio de Medio Ambiente para obtener la autorización para llevar a cabo el proyecto.
Bajo la ley nicaragüense, debido a los impactos ambientales potenciales del proyecto, especialmente en un área protegida, EPN estaba obligada a presentar un amplio Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo a la autorización que el Ministerio pudiese otorgar. El Ministerio sólo puede otorgar un permiso cuando, después de revisar el EIA y la realización de sus propios análisis técnicos, determina que el proyecto no provocará ningún cambio significativo para el medio ambiente.
19. Después de recibir la solicitud de la EPN, el Ministerio convocó a un equipo de expertos técnicos intergubernamentales para que lo revisare. En marzo de 2006, después de inspeccionar el sitio del proyecto de dragado propuesto, el equipo técnico envio a EPN muy detallados "Términos de Referencia", explicando el contenido del EIA contenido en ocho páginas escritas a máquina a renglón seguido. En el EIA se debia "destacar los siguientes aspectos, sin limitarse el análisis de ellos"
• Impacto sobre la dinámica hidráulica del río San Juan;
• Impactos sobre la calidad del agua causada por la resuspensión de los sedimentos en la columna de agua;
• Pérdidas en el ecosistema, alteración de los hábitats acuáticos, y los daños a la pesca;
• Impacto en las emblemáticas especies en peligro de extinción y económicamente importantes, y
• Los impactos derivados de la deposición de los materiales del dragado.
20. Sobre la base de estos Términos de Referencia, EPN preparao un EIA para el proyecto de dragado y la presentó al Ministerio de Medio Ambiente en julio de 2006.
Ese EIA Se consideró insuficiente por el equipo técnico intragubernamental. Como se explica mejor por la Sra. Hilda Espinoza Urbina, Jefe de Departamento del Ministerio de Calidad Ambiental: que dice "El 27 de julio de 2006, informé a EPN que la documentación presentada era incompleta, ya que no presentó información suficiente ni material técnico para apoyar las conclusiones sobre el o los impactos ambientales que el proyecto pueda causar."
21. En septiembre de 2006, EPN presentó un EIA revisado, junto con voluminosos anexos técnicos de apoyo a las conclusiones alcanzadas. Después de revisar el EIA revisados y el análisis de los datos técnicos y la realización de lo que fue su cuarta visita de inspección de las instalaciones, el equipo técnico inter-gubernamental siguen solicitando información adicional.
22. El EIA final, que consistió en 225 páginas y cientos de páginas de los anexos técnicos, llegó a las siguientes conclusiones con respecto a los impactos ambientales [PSR2]:
SE PRESENTA DIAPOSITIVA CON ESTE TEXTO:
En lo que respecta a flujo hidráulico, la propuesta de dragado del río San Juan tendría un impacto mínimo en el flujo del Río Colorado, de menos de 5%;
• En lo que respecta a la calidad del agua, no se verían afectadas por el proyecto de dragado, porque la mayoría de los sedimentos del fondo del río contenidos en la columna de agua son de rápido reasentamiento, y el resto sería de tal carácter y composición que no presenta ningún riesgo de daño ambiental;
• De hecho, según el estudio, el aumento del flujo de aguas río abajo sería realmente beneficioso para las especies acuáticas mediante el aumento de los niveles de oxígeno en el agua, y
• En lo que respecta a la deposición de los sedimentos extraídos, que estos serían colocados exclusivamente en el lado nicaragüense, en los lugares designados y seguros, por lo menos 50 metros de la orilla del río, a fin de asegurarlos contra el escurrimiento hacia el río.
23. Siguió un examen técnico extenso y detallado y el análisis de todos los datos que han sido descritos y entregados.
En su conclusión, en noviembre de 2008, el equipo inter-gubernamentales emitió su dictamen técnico que "llegó a la conclusión de que el proyecto no causaría un impacto significativo e irreversible en el medio ambiente y se formularon recomendaciones para medidas de mitigación." Sobre esta base, en diciembre de 2008, casi tres años después de la solicitud inicial de la EPN, el Ministerio de Medio Ambiente haya expedido el permiso para el proyecto siga adelante.
[PSR3](SE PRESENTA DIAPOSITIVA CON INFORMACION DEL PERMISO) De acuerdo con el funcionario de Ministerio de Medio Ambiente que firmó la resolución formal de la concesión del permiso, se ha demostrado satisfactoriamente que:
"El proyecto de dragado no podía tener ningún efecto adverso significativo sobre el medio ambiente, por no hablar de un impacto irreversible significativa. Esto incluye los impactos nocivos en personas, bienes o el medio ambiente de Costa Rica, como EPN había establecido adecuadamente que el propio dragado no afectaría significativamente a la flora y fauna del Rio San Juan o las características abióticas de su zona de influencia - ya sea en el lado de Nicaragua o Costa Rica - y que ninguno de los productos derivados de los trabajos de dragado debían ser depositados en el lado costarricense del río".
24. Específicamente en lo que respecta a las repercusiones del proyecto de dragado en el flujo del Río Colorado, se produjo:
"Evidencia convincente en el Estudio de Impacto Ambiental y la documentación de apoyo - incluyendo importantes datos batimétricos y cálculos de flujo - que el dragado del río San Juan no afectaría significativamente el flujo del Río Colorado en Costa Rica, que se reduciría en un algunos puntos porcentuales en la mayoría, y menos aún en la época de lluvias ... [y] no perjudicaría a la navegabilidad del Río Colorado ".
C. Presuntos Impactos sobre el flujo del Río Colorado
25. Este es un punto clave. En su solicitud para la indicación de medidas provisionales, Costa Rica alega que "la intención de Nicaragua es desviar unos 1.700 m3/s del agua que actualmente corre por el Río Colorado", que "demuestra las probabilidad de daño a Colorado de Costa Rica río y lagunas de Costa Rica, ríos, pantanos herbáceos y bosques, "así como" refugios de vida silvestre ", aguas abajo.
26. La evidencia no respalda las alegaciones de Costa Rica. En primer lugar, los datos técnicos voluminosos presentados como parte del EIA demuestran que el impacto en el Río Colorado será mínimo, afecta menos del 5% de su flujo, lo cual no es notable, y mucho menos para afectar la navegación o las Costas los humedales y reservas de vida silvestre de Costa Rica alimentados por el río.
Esta conclusión no sólo es de Nicaragua. Cuando los mismos datos se sometieron a un análisis independiente de expertos holandeses en el dragado del río y sus consecuencias ambientales – algo acerca de lo que los holandeses saben mucho - llegaron a la misma conclusión. Me refiero a la honorable Corte Corte que el Informe sobre la estabilidad morfológica del delta del río San Juan, escrito por los profesores van Rhee y de Vriend, de la Universidad Tecnológica de Delft, que esta en la carpeta de cada uno de los Jueces.
La aplicación de fórmulas matemáticas establecidas para el cálculo del caudal de los ríos, determinaron que el dragado de la parte inferior del río para obtener una profundidad navegable de 2 m sobre una anchura inferior a 20 metros, según lo previsto, aumentaría el flujo en la parte baja del río San Juan por 20 m3/s, y disminuiria el flujo del Río Colorado por la misma cantidad. [PSR4](PRESENTACION DE DIAPOSITIVA CON CALCULOS MATEMATICOS) Esto es lo que escribió: "En el EIA, se calculó que el Proyecto de dragado propuesto, que se disminuiría el flujo del río Colorado, en menos de un 5 %.... En este capítulo, se explica que la conclusión del EAI era correcta y que, en una estimación conservadora, el proyecto de dragado propuesto es probable que disminuya no más de 20 metros cúbicos por segundo del caudal en el Río Colorado (que es del orden de 1.400-1.700 m3 / s) "20. metros cúbicos, por lo tanto, menos del 2% del caudal medio del río Colorado.
27. Costa Rica llegó a la misma conclusión, tan recientemente como fue en septiembre de 2010, sólo dos meses antes de que se inició esta demanda. [PSR 5] (DIAPOSITIVA CON LAS PALABRAS DE CASTRO ANTE EL CONGRESO) Esto es lo que el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica, el Sr. René Castro Salazar, informó a la Asamblea Legislativa de Costa Rica el 8 de septiembre de 2010. Está en la carpeta de los jueces. Se trata de un algo muy significativo en contra del interés de un alto funcionario del gobierno que merece la atención de la Corte:
"El Gobierno [de Costa Rica] es vigilante de la situación y el control del proyecto de dragado de Nicaragua. En relación con este trabajo de vigilancia, también debe tenerse en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores creó un grupo interinstitucional de trabajo en 2009 para vigilar el río Colorado ... Como parte de la labor de este grupo interinstitucional, se hizo un viaje en noviembre de 2009 para tomar medidas en el río Colorado. Entre los trabajos realizados, se realizó una evaluación para medir el flujo y se ha instalado un equipo básico para medir regularmente el nivel de agua. Un análisis de la sedimentación del río y la calidad del agua también se hizo. Expertos de Costa Rica, incluso desarrollaron un modelo de cálculo de flujo para proyectar el impacto en el flujo del Río Colorado de los diferentes proyectos a escala y las obras de dragado en el río San Juan. Sin entrar en detalles, puedo decir que los resultados de estos estudios son tranquilizadores para el país en general, ya que todos los modelos analizados calculan las reducciones de flujo inferiores al 12%. Por otra parte, en relación con la inversión 7 millones dólares anunciado, la reducción del flujo sería aún menos y por lo tanto no tendría el alarmante impacto ambiental y económico sugerido por algunos medios de comunicación ... Durante la reunión celebrada con el canciller Santos, en Managua, [él] le dio verbales garantías de que el proyecto de dragado actual no tendrá un impacto en el flujo del Río Colorado, ya que es una obra más bien modesta para limpiar el río San Juan, que busca mejorar la navegación sobre el río desde su desembocadura hasta el delta del Colorado ... Esta garantía verbal es suficiente para nosotros tener la tranquilidad de que ningún daño se cause en el territorio nacional. En realidad no hay razones para dudar de las palabras del Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua o su Presidente. Además, nuestros estudios sugieren algo similar ... "
Acerca de esta declaración, por lo menos dos puntos importantes son dignos de mención.
28. En primer lugar, el Ministro de Relaciones Exteriores declaró que Costa Rica hizo su propio estudio que muestra que el proyecto de dragado de Nicaragua no tendrá ningún impacto material en el flujo del río Colorado. Este estudio no se incluyó en los documentos que Costa Rica presentó inicialmente a la Corte la semana pasada. En una carta de fecha 4 de enero, el Agente de Nicaragua, citando el reciente discurso del Ministro de Relaciones Exteriores costarricense, solicitó a la Corte ejercer su autoridad en virtud del artículo 62 del Reglamento para que Costa Rica entregue el estudio. En respuesta, Costa Rica presentó un informe el viernes pasado. [PSR6] (DIAPOSITIVA CONTENIENDO INFORMACION PROVEIDA POR COSTA RICA) Se encuentra en la carpeta de los jueces… Y confirma lo que el Ministro de Relaciones Exteriores - y Nicaragua - han dicho. Se concluye que el dragado del río San Juan hasta una profundidad de 5,75 metros - es decir, 3,75 metros más profundo que el de Nicaragua planea hacer - disminuiría el flujo del Río Colorado por sólo el 4,5%. La reducción del 12%, lo que se confirma lo que dijo el ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica dijo que no afectaría el flujo del Colorado, y que el dragado del Rio San Juan sólo tendría como resultado una profundidad de 7.75 metros, es decir, 5,75 metros más profundo que los planes de Nicaragua.
29. En segundo lugar, la solicitud de Costa Rica para la aplicación de medidas provisionales es imposible de conciliarla no hacerla coincidir con dicha declaración hecha dos meses antes, por su ministro de Relaciones Exteriores. Un ejemplo es la afirmación en el apartado 6 de la solicitud, que "la intención de Nicaragua es desviar unos 1.700 metros cúbicos por segundo de agua del Río Colorado. El caudal del río Colorado es entre 1.400 y 1.700 m3/s. Costa Rica, en efecto afirma que la base de estas audiencias es que el proyecto de dragado de Nicaragua va a desviar todo el flujo del Río Colorado - 100% - y eso lo deja completamente seco. Eso está muy lejos de la declaración del Ministro de Relaciones Exteriores ante el Parlamento de Costa Rica que, con base en el estudio propio de Costa Rica, de varios modelos de dragado, en el peor de los casos la reducción en el flujo del Colorado sería inferior al 12%, no es suficiente para producir un impacto perjudicial.
30. En la solicitud de medidas provisionales, Costa Rica cita informes de medios de comunicación, publicados en agosto de 2010, que atribuyen declaraciones a Virgilio Silva, Presidente Ejecutivo de la EPN, y Edén Pastora de que el proyecto de dragado desviaría 1.700 m3/s de caudal de agua de la Río Colorado al San Juan. El señor Silva ha presentado una declaración jurada negando que jamás se ha hecho una declaración tan absurda. El mismo Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica ha desestimado estos informes de los medios manifiestamente erróneos afirmando: "Las declaraciones hechas por los señores Silva y Pastora no constituyen prueba suficiente de por sí que este daño se producirá..." Sin embargo, Costa Rica ha elegido revivirlas para apoyar su solicitud de medidas provisionales.
31. La desviación importante aquí no es en las aguas del río Colorado, pero si en el flujo de la argumentación de Costa Rica. En septiembre, el impacto del proyecto de dragado fue insignificante. Desde noviembre, el impacto del mismo proyecto es catastrófica, requiriendso medidas urgentes. No es el dragado lo que hizo a Costa Rica cambiar drásticamente su posición. Es la presentación de la demanda.
32. Como muestra la evidencia, Costa Rica simplemente no tiene un caso en lo que se refiere a la probabilidad de daño, y mucho menos un daño irreparable, hasta el río Colorado, o de los humedales y otras características de aguas abajo que dependen de su suministro de agua.
33. Pasaré ahora a las pruebas relativas a la limpieza del cano que conecta el río San Juan propia con la Laguna Harbour Head.
D. Los mecanismos de compensación del Caño
34. En agosto de 2009, nueve meses después de la EPN recibió el permiso del Ministerio de Medio Ambiente para llevar a cabo el proyecto de dragado, se presentó una solicitud para ampliar el permiso para permitir la limpieza manual de uno de los muchos canos o canales pequeños que caracterizan el delta del río San Juan, cerca de la desembocadura.
35. En la solicitud de EPN para la ampliación de su permiso se explicó que era necesario limpiar "el caño que conecta el río San Juan a la Laguna Harbor Head" con el fin de garantizar la navegabilidad durante todo el año de todo el río, y que esta sería una " ruta de navegación más directa, reduciendo así el tiempo necesario para viajar entre los diferentes sitios a lo largo del río ", que" no sólo reduciría el costo del transporte, sino también el consumo de combustible. "Proporcionar una ruta de navegación más directa a la Laguna Harbor Head también responde al propósito de facilitar la vigilancia policial de la zona, que se ha convertido en un depósito clandestino de los traficantes de drogas, según lo explicado por el embajador Argüello y el Profesor McCaffrey.
36. La solicitud de EPN fue apoyada por un Plan de Manejo Ambiental que no sólo describe el trabajo propuesto, sino también identifica y evalúa sus posibles impactos ambientales, estableciendo cómo estos impactos se pueden prevenir, mitigar, e invertir, en su caso, y destacó la supervisión que se prestaría para garantizar una adecuada gestión ambiental. "Como parte de su revisión ambiental, el Ministerio envió un equipo técnico al sitio para hacer una inspección y elaborar un informe. Después de inspeccionar el sitio, el equipo técnico llegó a la conclusión de que la limpieza manual del caño de la vegetación, los sedimentos acumulados y otros restos sería "ambientalmente viable" por estas razones:
• El volumen de agua que fluyen a través del caño después de la liquidación sería "insignificante en comparación con el volumen de agua que fluye por el río San Juan" y "no representa ningún riesgo, ya sea para el río o la laguna";
• Los impactos sobre la calidad del agua serían de baja intensidad, y que sólo afectaría temporalmente parámetros tales como la transparencia, color y turbidez;
• Los sedimentos extraídos del caño que se depositarán exclusivamente en el lado nicaragüense no perjudicaría a las especies naturales debido a que el sedimento es limoso, el material vegetal es orgánico, así como su depósito sería de ayuda en la regeneración natural de especies de plantas;
• Las completas y abundantes lluvias durante todo el año y tipo de ecosistemas permiten la regeneración natural de la vegetación en las orillas del caño.
37. El grupo de inspección reconoció que el principal impacto ambiental del proyecto de compensación sería la tala de árboles. Por consiguiente, para mitigar y revertir este impacto, el equipo incluyó esta recomendación en su informe: "Si no es posible evitar el corte de vegetación, la vegetación afectada debe ser reemplazada y el desplazamiento a través de la plantación de 10 árboles por cada uno que se corta, con especies nativas de la zona. Esto promoverá la regeneración natural de las especies."
38. Esta recomendación se convirtió entonces en una condición de para la autorización de limpieza del caño, la que fue emitida por el Ministerio de Medio Ambiente en octubre de 2009.
39. El trabajo real de limpiar el caño comenzó un año después, en noviembre de 2010. Fue completado en su totalidad en diciembre de 2010. No ha habido ninguna actividad de limpieza en el caño desde entonces, y no hay otra actividad prevista.
Es a finales de noviembre, poco antes que las actividades de limpieza se completaran, el Ministerio de Medio Ambiente envió una misión de supervisión al lugar para investigar si el proyecto se está llevando a cabo de conformidad con las condiciones del permiso, y si existía algún impacto ambiental inesperado. A estas preguntas, la misión respondió Sí y No.
Sí, todas las condiciones del permiso estaban satisfechas. Y no, no hay impactos ambientales inesperados.
40. Los días 22-23 de diciembre de 2010, la EPN realizó mediciones para controlar el caudal del agua en el recién limpiado Caño Harbor Head. La anchura media y profundidad del caño es 6m de ancho y 1 m de profundidad. La velocidad media fue extremadamente lenta, a menos de medio metro por segundo. En términos más familiares para mí, y tal vez el Tribunal de Justicia, que es menos de 2 km/hr. El volumen de flujo es un minúsculo 2,38 m3/s. De acuerdo a los profesores van Rhee y de Vriend, los expertos de dragado holandés, se encuentra en la carpeta de los Jueces, "no parece que haya ninguna razón para creer que el posible impacto ambiental permanente sería el resultado de la labor de limpieza del caño.
La limpieza manual de escombros y vegetación con palas, es poco probable que en estas circunstancias pueda producir el tipo de aumento dramático en el flujo en el caño que pueda causar un impacto permanente. En efecto, después de que el trabajo de limpieza del caño se completó, el flujo en el caño se midió a sólo 2,38 m3/s, lo que significa que el agua apenas se mueve en absoluto."
E. Alegatos de Costa Rica E. En cuanto a la limpieza del Caño.
41. Costa Rica en su solicitud de medidas provisionales alega que "Nicaragua está actualmente destruyendo un área de bosques primarios y los humedales frágiles en el territorio de Costa Rica ... con el fin de facilitar la construcción de un canal a través del territorio de Costa Rica, destinada a desviar las aguas del rio San Juan partir de su curso histórico natural en la Laguna de Los Portillos (Laguna Harbor Head)."
42. Como el Tribunal podrá apreciar a partir de este alegato, Costa Rica, las quejas sobre la limpieza del caño se basan en la idea de que Nicaragua ha realizado actos en el territorio de Costa Rica. Esto es discutido por Nicaragua, y esta discusión es el corazón de este caso. Que Estado tiene soberanía sobre un remoto y deshabitado pantano, es un tema fundamental que sólo puede resolverse en la etapa de fondo. Profesor Pellet tendrá más que decir sobre esto un poco más tarde.
43. Lo importante aquí es que el comportamiento supuestamente ilícito, citado en la solicitud de medidas provisionales - la tala de árboles, la eliminación de la vegetación y el depósito de los sedimentos extraídos - se ha producido en la margen izquierda del caño, la parte que Nicaragua considera que su propiedad. No hay árboles que fueron talados en la margen derecha, que tanto en Nicaragua y Costa Rica acuerdan pertenece a Costa Rica.
44. En cualquier caso, Costa Rica no puede demostrar que las acciones de Nicaragua en relación con la limpieza del caño producen significativos impactos ambientales irreversibles en ambos lados. La revisión ambiental realizada por Nicaragua nos muestra que no será asi.
Para estar seguros, los árboles fueron talados. En Nicaragua se informó de la tala de 180 árboles. Costa Rica pone el número a 197. Pero esto ya se acabo, ya finalizo y la replantación de diez veces más árboles nuevos para sustituirlos ha comenzado. El impacto a largo plazo sobre la ecología de la zona será positivo, no negativo.
45. Costa Rica intenta apoyar su caso con referencia a un informe de la Misión Ramsar de Asesoramiento de fecha 3 de enero de 2010. Este es el mismo informe que he mencionado antes en mi intervención. En el informe se afirma en dos lugares, que se basa enteramente - 100% - ". Información técnica recibida del Gobierno de Costa Rica" de acuerdo con el propio informe, los representantes de Ramsar quienes dedicaron todo su tiempo en Costa Rica a estar en las oficinas del gobierno en San José. Ellos no hicieron ningún intento para recoger sus propios datos, o incluso para verificar de forma independiente la información que le dieron por cucharadas en San José. También un sobrevuelo por la zona estaba previsto, fue cancelado debido al mal tiempo. Así que no hubo ninguna visita de ningún tipo al sitio, y no hubo recogida de pruebas allí. El informe fue presentado a Costa Rica en forma de proyecto a mediados de diciembre, y publicado sólo después de recibir la aprobación de Costa Rica. No es nada más que una aceptación acrítica de las posiciones propias de Costa Rica, con base en la suposición de que todo lo que Costa Rica y sus expertos dijeron a la misión estaba en lo cierto. Por su propia aceptación, de Ramsar, no contiene datos o análisis obtenidos de forma independiente de ningún tipo.
46. Es un misterio por qué la misión de Ramsar se comportó de una manera tan poco ortodoxa. El 30 de noviembre, después de que Nicaragua se enteró de que Costa Rica invitó a una misión de Ramsar a San José para evaluar los impactos del proyecto de limpieza de caño, se escribió a la Secretaría de Ramsar en Ginebra, e invitó a la misión de venir a Nicaragua para que Nicaragua proporcionara información completa sobre el proyecto, contestar todas las preguntas, y que los representantes de Ramsar pudiesen explorar por sí mismos la zona en cuestión. La invitación fue entregada mientras la misión de asesoramiento todavía estaba en Costa Rica, a menos de una hora en avión de Managua. La invitación fue emitida de nuevo el 2 de diciembre, cuando Nicaragua solicitó que no se publicará ningún informe hasta que los puntos de vista de Nicaragua hayan sido entregados. La respuesta de la Secretaría de Ramsar ha sido decepcionante. Contestó diciendo: "la Secretaría se complace en enviar una Misión Ramsar de Asesoramiento a Nicaragua, tan pronto como sea posible cuando los miembros y consultores de la misión actual están disponibles para llevar a cabo esta experiencia." Al parecer, no estaban dispuestos a estar "disponibles" para ir a Nicaragua antes de la publicación de su informe o en cualquier momento ya, que, a pesar del hecho de que la invitación de Nicaragua permanece abierta, no se ha oído nada mas de Ramsar.
47. Así que lo que tenemos aquí es un informe basado enteramente en la aceptación acrítica de todo lo que Costa Rica dijo, y una negativa a considerar cualquier cosa, desde Nicaragua. Esto se refleja en cada página. Se puso de manifiesto en la forma en que el informe se refiere repetidamente al proyecto de limpieza del caño como la "construcción de un canal artificial", que es la caracterización palabra por palabra que usa Costa Rica,a diferencia de la limpieza manual de un canal pre-existente , que es de Nicaragua. El informe incluso se refiere a la Laguna Harbor Head, que está en Nicaragua, como "Laguna de Los Portillos", que es el nombre de Costa Rica para ello. Esto no es, no puede ser, no es el tipo de informe imparcial de expertos independientes e investigadores que el Tribunal ha encontrado digno de peso en los casos anteriores. No, porque los miembros de la Misión tomaron la información en su valor nominal de un solo lado, y rechazaron la invitación para obtener la de la otra. Es como si la Corte haya cerrado las audiencias a las 1:00 de hoy, después de Costa Rica hablo, sin permitir a Nicaragua hablar, y luego se fuese a resolver el caso.
48. Sólo algunos ejemplos concretos del informe será suficiente para mostrar la locura de sus redactores de confiar únicamente en los propios intereses de solo una de las partes en esta diferencia.
49. En primer lugar, después de una llamada general para la cooperación y la colaboración entre los dos Estados, la recomendación principal del informe es la siguiente: "Es importante para llevar a cabo rigurosos estudios de impacto ambiental de cualquier proyecto o actividad que pueda tener un efecto sobre la hidrología e hidrodinámica del noreste del Caribe Sitio Ramsar y el río San Juan Refugio de Vida Silvestre Sitio Ramsar ". En esta declaración, los autores del informe reconocen que no hay una determinación fiable de los impactos ambientales del proyecto se podría hacer en ausencia de lo que llamaron" rigurosos estudios de impacto ambiental "- que no llevó a cabo - y al mismo tiempo, ponen de manifiesto que son totalmente conscientes de que desconocen los estudios de impacto ambiental integral ya realizados por Nicaragua.
50. En segundo lugar, la misma recomendación reconoce que hay dos humedales Ramsar que se abastecen de agua por el río San Juan y sus diferentes caños. Con mucho, el mayor de ellos es el de Nicaragua, el Refugio de Vida Silvestre del Rio San Juan. Esta área protegida abarca más de 430 kilómetros cuadrados. Su principal fuente de agua - su línea de vida - es el mismo Rio San Juan, especialmente la parte inferior. Por el contrario, toda la zona disputada por Nicaragua y Costa Rica, y supuestamente afectados por el proyecto de limpieza del caño cuenta meramente con 2,25 kilómetros cuadrados. El informe de Ramsar, que supone que es territorio de Costa Rica (puesto que eso es lo que Costa Rica les dijo) reconoce que se trata de sólo el 0,3% del Caribe Noreste de Costa Rica Sitio Ramsar. De hecho, mediante el dragado de la parte inferior del río San Juan y el aumento del suministro de agua, Nicaragua se asegurará de que todos estos humedales Ramsar seguirán recibiendo suficiente agua para mantenerlos. Si se ordenara que Nicaragua dejara de dragar, se tendría que esperar a que el San Juan se secara por completo, lo cual sería inevitable, dada la acumulación anual de sedimentos que ahora hacen casi imposible la navegación, la supervivencia de estos humedales se vería amenazada.
51. En tercer lugar, el informe de Ramsar considera que los principales impactos ambientales del proyecto de limpieza del caño se encuentran en la Laguna de Harbor Head, que no se encuentra en Costa Rica, y está totalmente dentro de Nicaragua. El propio informe lo reconoce cuando dice que "la Laguna de Los Portillos, ubicada en el Refugio de Vida Silvestre Río San Juan Sitio Ramsar de Humedales en Nicaragua, serían los más afectados" por la limpieza de la caño. En consecuencia, el impacto ambiental más significativo citado en el informe, incluso si se precisa, se encuentra en Nicaragua y no en Costa Rica.
52. En cuarto lugar, no sólo el supuesto impacto en la Laguna Harbor Head, sino en todos los presuntos impactos ambientales mencionados en el informe se basan en el supuesto, y se indica en el informe en dos lugares, que Nicaragua esta “priorizando, el flujo de agua del río San Juan , que en la actualidad los desemboca en el Mar Caribe, hacia el canal artificial” Como el informe dice: “Dependiendo del volumen de agua transportada por el canal artificial, toda la extensión del humedal puede ser erosionado” "Sin embargo, no hay medidas, cálculos incluso aproximaciones del volumen de agua en el informe. Simplemente se supone que el volumen será alto basado en la desviación de la mayor parte del agua del Río San Juan a través del caño. ¿De dónde viene este supuesto en el informe?
53. De Costa Rica. Está en la solicitud de medidas provisionales, en el apartado 5. Y se trata de un informe en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica que acusa a Nicaragua de la planificación para desviar la totalidad o la mayor parte del agua de la parte baja de San Juan a través del caño de la Laguna Harbor Head. Los autores de este informe son los mismos expertos de Costa Rica que informaron a la misión de Ramsar en San José, y que se alimento de esta información. Pero la evidencia - las medidas reales del flujo de agua y el volumen - muestran que el San Juan no ha sido desviado para pasar por el caño, como Costa Rica y el informe Ramsar presumen, porque menos del 3% de las aguas del río están pasando a través del caño.
54. En quinto lugar, y finalmente, el único real, y en oposición a los hipotéticos, daños mencionados en el informe de Ramsar es la tala de lo que Costa Rica ha calculado como 197 árboles. Como era de esperar, este informe tiene el número de Costa Rica como un evangelio. Nicaragua reconoce que 180 árboles fueron talados en la ejecución del proyecto. Este es de hecho un impacto. Pero, como se indica, Nicaragua se encuentra en el proceso de mitigar o revertir este impacto mediante la plantación de 1.800 árboles nuevos, todas especies nativas, para reemplazar a los que fueron talados.
55. En suma, Costa Rica sólo puede hacer un caso de daños en relación con el proyecto de limpieza de caño al convertirlo en algo que no es. Esto no es un canal artificial construido para el propósito de reorientar la totalidad o la mayor parte del río San Juan, como Costa Rica supone. Es una obra de muy pequeña escala, realizada de forma manual con picos y palas, que produjo un flujo muy mínimo de agua a través del cano que no causa impactos ambientales significativos e irreversibles. En cuanto a este proyecto, real, Costa Rica no ha aportado ninguna prueba de daño, y mucho menos un daño irreparable.
56. Sr. Presidente, los miembros de la Corte, con esto concluye mi presentación de hoy. Le doy las gracias por su cortesía y amable atención, y solicito que le dan la palabra al Profesor Pellet.
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